La masonería vista por los otros (II): La Iglesia Católica
Conferencia pronunciada en el X Convento anual del Supremo Consejo de Grado 33 y último para España
ROSA MARÍA MARTÍNEZ SEGARRA/ Universidad Española a Distancia (Uned)
El primer pronunciamiento oficial de la Iglesia Católica sobre la Masonería se debe al Papa Clemente XII, que en el temprano 28 de abril de 1738 expidió la Bula “IN EMINENTI APOSTOLATUS” .
Esta, no sólo se refiere a la Orden masónica, sino a toda actividad de las que denomina “sociedades secretas” y en la que no se limita a una mera condena eclesiástica, sino que recaba el apoyo del poder temporal, como consecuencia de la consideración de que el objetivo de la actuación de este tipo de sociedades iba contra la estabilidad del Reino.
Continuación de la Bula citada es la “PROVIDAS ROMANORUM PONTIFICUM”, promulgada el 18 de mayo de 1751 por el Papa Benedicto XIV, que renueva la condena de dichas sociedades, identificando igualmente y de nuevo Iglesia con Poder temporal.
La condena del Vaticano sobre la Masonería se mantiene permanentemente, incluso después de la caída universal del Antiguo Régimen y la consolidación del Estado Constitucional, valga a este respecto, citar la “ECCCLESIAM A JESU CHRISTO” de Pio VII de 13 de noviembre de 1821, en la que renueva la condena de la Masonería, así como la “QUE GRAVIORA de León XII de 13 de marzo de 1825 y sobre todo la MIRARI VOS de 15 de agosto de 1832 y la MIRARI VOS DE 24 DE JUNIO DE 1834, ambas de Gregorio XVI, en la que igualmente incide en la condena a los principios del Estado Liberal. Así, refiriéndose los Males Actuales que aquejaban a la sociedad de inicios del siglo XIX, centra su crítica en la destrucción del orden existente, tanto en lo espiritual, que ubicaba hasta el momento a la Iglesia Católica en la fuente y justificación del orden espiritual y temporal, no sujeta las leyes del Estado, como a los cambios acaecidos en el derecho y el “poder Legítimo”
“(…)De aquí que roto el freno de la religión santísima, por la que solamente subsisten los reinos y se confirma el vigor de toda potestad, vemos avanzar progresivamente la ruina del orden público, la caída de los príncipes, y la destrucción de todo poder legítimo. Debemos buscar el origen de tantas calamidades en la conspiración de aquellas sociedades a las que, como a una inmensa sentina, ha venido a parar cuanto de sacrílego, subversivo y blasfemo habían acumulado la herejía y las más perversas sectas de todos los tiempos…
“(…) Nos preocupan y Nos llenan de dolor …ciertas asociaciones o reuniones, las cuales, confederándose con los sectarios de cualquier falsa religión o culto, simulando cierta piedad religiosa pero llenos, a la verdad, del deseo de novedades y de promover sediciones en todas partes, predican toda clase de libertades, promueven perturbaciones contra la Iglesia y el Estado; y tratan de destruir toda autoridad, por muy santa que sea”.;. (Mirari Vos)
Las encíclicas de los Sumos Pontífices de condena a la Masonería se centran igualmente en aspectos consustanciales con el primer Estado de Derecho, y con los principios sostenidos por la masonería, así se condena la Libertad de Conciencia, “(…)“De esa cenagosa fuente del indiferentismo (religioso) mana aquella absurda y errónea sentencia o, mejor dicho, locura, que afirma y defiende a toda costa y para todos, la libertad de conciencia. Este pestilente error se abre paso, escudado en la inmoderada libertad de opiniones que, para ruina de la sociedad religiosa y de la civil,”.
Destaca especialmente en referencia a la condena a la masonería la Encíclica “HUMANUN GENUS”, de León XIII, de 20 de abril de 1884, que puede considerarse el documento más completo proclamado por la Iglesia Católica referente a la masonería. En ella, incluye a la Masonería en el reino de Satanás, acusando a la Orden de querer destruir a la Iglesia, “(…) Mucho tiempo ha que trabaja tenazmente para anular en la sociedad toda influencia del magisterio y autoridad de la Iglesia; por esto proclaman y defienden doquier el principio de que “Iglesia y Estado deben estar por completo separados” y así excluyen de las leyes y administración del Estado el muy saludable influjo de la religión católica, de donde se sigue que los Estados se han de constituir haciendo caso omiso de las enseñanzas y preceptos de la Iglesia… . Aunque faltaran otros testimonios, consta suficientemente lo dicho por el de los sectarios, muchos de los cuales, tanto en otras diversas ocasiones como últimamente, han declarado que el propósito de los Masones es perseguir cuanto puedan a los católicos con una enemistad implacable, y no descansar hasta lograr que sea destruido todo cuanto los Sumos Pontífices han establecido en materia de religión o por causa de ella..“
Así mismo, en el citado documento pontificio se acusa a la Masonería de todos los males que el Estado de Derecho ha traído para la Iglesia, así sobre el matrimonio civil “
(…) El matrimonio es un mero contrato: puede justamente rescindirse a voluntad de los contratantes; la autoridad civil tiene poder sobre el vínculo matrimonial. Esto piensan los masones; no solamente lo piensan, sino que que se empeñan, hace ya mucho. en reducirlo a costumbre y práctica…….También tiene puesta la mira, con suma conspiración de voluntades, la secta de los Masones en arrebatar para sí la educación de los jóvenes. Ven cuán fácilmente pueden amoldar a su capricho esta edad tierna y flexible y torcerla hacia donde quieran, y nada más oportuno para lograr que se forme así para la sociedad una generación de ciudadanos tal cual ellos se la forjan. Por tanto, en punto de educación y enseñanza de los niños, nada dejan al magisterio y vigilancia de los ministros de la Iglesia, habiendo llegado ya a conseguir que en varios lugares toda la educación de los jóvenes esté en manos de laicos, de suerte que, al formar sus corazones, nada se les diga de los grandes y santísimos deberes que ligan al hombre con Dios ..”
Sin olvidar en su condena los principios democráticos sustentados por los masones.
“Vienen en seguida los principios de la ciencia política. En este género dogmatizan los naturalistas que los hombres todos tienen iguales derechos y son de igual condición en todo; que todos son libres por naturaleza; que ninguno tiene derecho para mandar a otro, y el pretender que los hombres obedezcan a cualquier autoridad que no venga de ellos mismos es propiamente hacerles violencia. Todo está, pues, en manos del pueblo libre; la autoridad existe por mandato o concesión del pueblo; tanto que, mudada la voluntad popular, es lícito destronar a los príncipes aun por la fuerza. La fuente de todos los derechos y obligaciones civiles está o en la multitud o en el Gobierno de la nación, organizado, por supuesto, según los nuevos principios. Conviene, además, que el Estado sea ateo; no hay razón para anteponer una a otra entre las varias religiones, pues todas deben ser igualmente consideradas.
Y que todo esto agrade a los Masones del mismo modo, y quieran ellos constituir las naciones según este modelo, es cosa tan conocida que no necesita demostrarse. Con todas sus fuerzas e intereses lo están maquinando así hace mucho tiempo, y con esto dejan expedito el camino a no pocos más audaces que se inclinan a peores opiniones, pues proyectan la igualdad y comunidad de toda la riqueza, borrando así del Estado toda diferencia de clases y fortunas“.
Concluye la encíclica Papal, con una condena general de la Masonería, a la que identifica con los designios de Satanás
” De lo que sumariamente hemos referido aparece bastante claro que sea y por dónde va la secta de los Masones. Sus principales dogmas discrepan tanto y tan claramente de la razón, que nada puede ser más perverso. Querer acabar con la religión y la Iglesia, fundada y conservada perennemente por el mismo Dios, y resucitar después de dieciocho siglos las costumbres y doctrinas gentílicas, es necedad insigne y muy audaz impiedad. Ni es menos horrible o más llevadero el rechazar los beneficios que con tanta bondad alcanzó Jesucristo, no sólo a cada hombre en particular, sino también en cuanto viven unidos en la familia o en la sociedad civil, beneficios señaladísimos hasta según el juicio y testimonio de los mismos enemigos. En tan feroz e insensato propósito parece reconocerse el mismo implacable odio o sed de venganza en que arde Satanás contra Jesucristo.
Así como el otro vehemente empeño de los Masones, el de destruir los principales fundamentos de lo justo y lo honesto, y animar así a los que, a imitación del animal, quisiera fuera lícito cuanto agrada, no es otra cosa que empujar el género humano ignominiosa y vergonzosamente a su extrema ruina“.
Y ordenando a todas las autoridades eclesiásticas la persecución de la Masonería y la prohibición absoluta de que los católicos puedan pertenecer a ella.
Casi siglo y medio después de la proclamación del documento citado, aunque la Iglesia Católica ya no cuestione públicamente el Estado de Derecho, su opinión de condena sobre la masonería sigue vigente, así en la Declaración de 26 de noviembre de 1983, de la Congregación para la doctrina de la Fe, durante el Papado de Juan Pablo II y siendo prefecto de la misma el Cardenal Ratzinger, se proclamaba lo siguiente:
”Se ha solicitado que se altere el juicio de la Iglesia sobre la masonería por el hecho de que en el nuevo Código de derecho canónico no se hace mención explícita de ésta, tal como se hacía en el Código anterior.
Esta S. Congregación juzga a bien responder que tal circunstancia se ha debido a un criterio redaccional seguido también para las otras asociaciones igualmente no mencionadas por el hecho de estar incluidas en categorías más amplias.
Se mantiene, por tanto, inmutable el juicio negativo de la Iglesia respecto a las asociaciones masónicas, ya que sus principios han sido considerados siempre inconciliables con la doctrina de la Iglesia y por ello la adscripción a las mismas permanece prohibida. Los fieles que pertenecen a las asociaciones masónicas están en estado de pecado grave y no pueden acceder a la Santa Comunión.
No le compete a las autoridades eclesiásticas locales pronunciarse sobre la naturaleza de las asociaciones masónicas, con un juicio que implique la derogación de cuanto ha sido arriba establecido, según el parecer de la declaración de esta Congregación dada el 17 de febrero de 1981.
El Sumo Pontífice Juan Pablo II, en el curso de la audiencia concedida al infrascrito Cardenal Prefecto, ha aprobado la presente declaración, formulada en la reunión ordinaria de esta S. Congregación, y ha ordenado su publicación.
Roma, en la sede de la S. Congregación para la Doctrina de la Fe, 26 de noviembre de 1983.”
Cardenal Joseph.Ratzinger Prefecto Secretario: Jérôme Hamer. “
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